REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2023

 

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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 

            El presente documento de gestión tiene como finalidad establecer las normas de convivencia a través de la aplicación de leyes las cuales permitan a los miembros de la comunidad educativa desenvolverse dentro del marco laboral legal poniendo en práctica los valores como la honestidad, solidaridad puntualidad, responsabilidad y respeto, para la mejora de los aprendizajes y relaciones interpersonales entre los miembros de nuestra comunidad Inca Ripeña.

 

Cabe resaltar que, el presente reglamento ha sido elaborado por todos y cada uno de los miembros de la comunidad Educativa, la cual ha sido aprobado por Resolución Directoral   020 - 2020/D.I.E IR– C/UGEL-C de fecha Ccorao, 07 de marzo de 2022. Siendo de pleno conocimiento y acuerdo por parte de los integrantes de la comunidad Educativa en cuanto a sus funciones, deberes y derechos de esta manera asumir compromisos de trabajo.                

 

El presente reglamento contiene aspectos sobre los fines, objetivos, organización, funciones, deberes, derechos y atribuciones de cada agente educativo en base a las normas legales establecidas por el Ministerio de Educación y sus organismos descentralizados.

 


TITULO  I

GENERALIDADES

 

 

CAPÍTULO I

DEL CONCEPTO, FINES Y OBJETIVOS

Art.1º, - El presente Reglamento será de pleno conocimiento de la Comunidad Educativa e   Institucional.

 

Art.2º.- El presente Reglamento interno es un instrumento normativo que establece La organización y funcionamiento de la I.E. Integrada 50034 “INCA RIPAQ", para cumplir con sus fines y disposiciones legales vigentes.

 

Art.3º.- Todos los miembros de la comunidad Educativa están obligados a respetar y cumplir el presente Reglamento.

Art. 4º.- Integran la Comunidad Educativa

a.       El Director (a).

b.      El Subdirector (a).

c.       Personal Docente.

d.      Personal Administrativo.

e.       Estudiantes.

f.       Padres de Familia.

 

Art.5º.- Son Objetivos Generales de La Institución Educativa Integrada 50034-“INCA RIPAQ".

  1. Contribuir a la formación integral y competente acorde a los avances de la ciencia y la tecnología.
  2. Promover y fomentar la Educación de calidad e inclusiva sin fines de lucro de acuerdo con las normas legales vigentes.
  3. Inculcar y fomentar en los educandos la práctica de valores morales y éticos, y la convivencia saludable en la comunidad educativa.

 

Art.6º.- El objetivo General de la I.E. Integrada 50034-“INCA RIPAQ" promover el desarrollo integral de los estudiantes, desarrollando competencias, capacidades, desempeños, conocimientos, actitudes y la práctica de la cultura ambiental.

 

 

Son Objetivos Específicos:

a.    Estimular la capacidad creativa, desarrollando sus habilidades y destrezas cognitivas, afectivas y Psicomotoras.

b.    Promover el conocimiento y práctica de los valores ético moral, cívico y cuidado del medio ambiente para el desenvolvimiento personal y social del estudiante.

c.    Promover en el estudiante hábitos de lectura, dominio de la comprensión lectora, expresión oral y escrita, manejo y dominio de las Matemáticas, el conocimiento de nuestra historia y geografía peruana y universal, los principales fenómenos de la naturaleza y su biodiversidad con referencia a la realidad local, regional y nacional.

d.    Desarrollar las facultades físicas del estudiante en la formación corporal e integral.

e.    Brindar al estudiante servicios de acompañamiento y orientación que contribuye al autoconocimiento y autocontrol.

f.     Fomentar y desarrollar capacidades tecnológicas productivas y empresariales en los estudiantes.

g.    Revalorar los usos, costumbres y tradiciones de sus comunidades.

 

CAPÍTULO II

DE LA BASE LEGAL Y ALCANCE.

Art. 7º.- El presente Reglamento tiene la siguiente base legal:

ü  Constitución Política del Perú.

ü  Ley N° 27337, Código de los niños y adolescentes.

ü  Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

ü  Ley N° 28119, Ley que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico.

ü  Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

ü  Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

ü  Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal. 

ü  Ley N° 29944-Ley de Reforma Magisterial

ü  Ley N° 30057-Ley del Servir

ü  Ley No.30797- ley que promueve ley educación inclusiva del 2018

ü  Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar l violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

ü  Decreto Legislativo N° 276, Ley de base de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público.

ü  Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento para la protección ambiental.

 

TITULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

CAPÍTULO I

DE LA CREACIÓN Y UBICACIÓN

Art. 8º.- La I.E. Integrada 50034 “INCA RIPAQ" es una Institución Publica orientada a promover y fomentar la Educación con personería jurídica extendida por la Dirección Regional de Educación de Cusco.

Art.9º.- La Institución Educativa “INCA RIPAQ, fue creado por RD. Nro.231 del 21 de abril de 1982 y está ubicado en la jurisdicción del Área de Ejecución Regional del Cusco, para atender el nivel secundario.

Por necesidad de servicio y requerimiento de la población y educacionalmente mediante la R.D N° 2603 de fecha 05 de diciembre del 2012 emanado de la Unidad de Servicios Educativos Local UGEL Cusco unificando el nivel primario y secundario convirtiéndolo en Institución Educativo Integrada Inca Ripaq.

Art.10º.- El domicilio legal es en la zona denominado paradero pampa, pista principal Cusco - Pisaq, Km. 20, en la comunidad de Ccorao, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco.

 

 

CAPÍTULO II

DE LAS FUNCIONES GENERALES

 

Art.11º.- Son funciones de la I.E. Integrada 50034 "INCA RIPAQ”.

a.- Impartir una Educación en el nivel Primaria y Secundaria de menores acorde con los lineamientos de la Política Educativa, Nacional, Regional y Local.

b.- Promover la integración y participación activa de los miembros de la comunidad Educativa.

 

CAPÍTULO III

ESTRUCTURA ORGÁNICA

 

Art.12º.- El órgano de Dirección está constituido por la directora, subdirectora (Nivel Primario), coordinadores pedagógicos encargados de planificar, monitorear, evaluar y orientar la práctica pedagógica y manejo administrativo de la Institución Educativa.

 

Art.13º.- La estructura de la Institución Educativa está representada por el siguiente organigrama:


CAPÍTULO IV

DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS

DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN

 

LA DIRECTORA

Art.14º.-         La Institución Educativa Integrada 50034 - “Inca Ripaq” está constituida por los siguientes Órganos en forma descendente:

a.   Directora

b.   Sub Directora de Educación Primaria

c.   Coordinadores Pedagógicos

d.   Tutoría y Orientación Educativa.

 

 

Art.15º.-         A fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas, la delegación de funciones se establece de la forma siguiente:

a.    En caso de ausencia del Director Titular, asumirá el cargo el Sub Directora de Educación Primaria, también por el tiempo que inasiste el Director Titular.

 

Art.16º.- La Directora es la primera autoridad de la Institución Educativa como representante legal, asume responsabilidades ante el Ministerio de Educación.

 

Art.17º.- La Directora desempeña el cargo a tiempo completo 40 horas pedagógicas semanales de permanencia- en la Institución Educativa.

 

Art.18°. - Son funciones de la Directora:

  1. Representar legalmente a la Institución.
  2. Dirigir la Institución educativa en el marco de una gestión escolar centrada en los aprendizajes y en la calidad del servicio que brinda.
  3. Conducir la construcción colectiva de los instrumentos de gestión, considerando las características del estudiante y el entorno institucional, familiar y social.
  4. Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de gestión, el desarrollo de los procesos pedagógicos y el logro de las metas de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e instrumentos.
  5. Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el PEI, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno con participación de Docentes.
  6. Presidir el Concejo Educativo Institucional, promoviendo la participación de la comunidad educativa en la toma de decisiones para la mejora de los aprendizajes.
  7. Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la gestión y responsabilidad por los resultados de aprendizaje.
  8. Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar al ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa.
  9. Gestionar con eficiencia el talento humano; los recursos educativos y financieros; el uso efectivo del tiempo; el equipamiento e infraestructura de la Institución educativa.
  10. Gestionar la información que produce la Institución educativa como insumo para la toma de decisiones orientadas a la mejora de los aprendizajes.
  11. Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua de la Institución educativa orientados al logro de los aprendizajes.
  12. Generar y promover espacios y estrategias para el trabajo colaborativo entre los docentes y la reflexión sobre su práctica pedagógica.
  13. Desarrollar estrategias de articulación con las familias, la comunidad e instancias de gestión intergubernamental e intersectorial.
  14. Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos de los niveles educativos que ofrece de Institución educativa, de manera que favorezcan la permanencia y culminación oportuna de la educación básica regular de sus estudiantes.
  15. Velar por el cumplimiento de los objetivos y el buen trato a los Docentes, estudiantes y padres de familia dentro y fuera de la Institución Educativa.
  16. Organizar y dirigir el acompañamiento de servicio Educativa.
  17. Autorizar visitas de estudios y excursiones dentro del ámbito de acuerdo a las normas vigentes.
  18. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y exoneración de asignaturas, así corno las pruebas de ubicación velando por el bienestar de la comunidad educativa.
  19. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales.
  20. Expedir certificados de estudios acorde al DS Nro. 023-93-ED.
  21. Estimular o prever acciones correctivas, según el caso a los estudiantes.
  22. Otorgar permisos y licencias al personal debidamente justificados.
  23. Aperturar el dialogo verbal o por escrito al personal de la Institución Educativa por incumplimiento de sus funciones según normas vigentes.
  24. Administrar los fondos provenientes de las actividades productivas en coordinación con los comités respectivos.
  25. Constituir y convocar al Comité de Becas de acuerdo al D.S. 5-84-ED.
  26. Aprobar el cuadro de distribución de horas y asesorías.

aa.        Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.

bb.        Registrar en libro de asistencia gestiones realizadas e informar en asamblea próxima.

cc.        Administrar ingresos propios generados en coordinación con el comité de recursos económicos siendo sustentados adecuadamente.

dd.        Controlar la asistencia y permanencia del personal de la Institución Educativa.

LA SUBDIRECTORA

Art.19º.- La Sub Directora de Educación Primaria, depende de la Directora de la Institución.

 

 Art.20º.- Son funciones de la Subdirectora:

a.    Orienta, monitorea y evalúa permanentemente las funciones del personal a cargo de su nivel.

b.    Elabora el Plan Anual del nivel y el plan de monitoreo, así como proporciona los insumos necesarios para la elaboración del PCI.

c.    Reemplaza al Personal Docente en caso de ausencia del mismo.

d.    Elabora los proyectos de innovación en coordinación con los Docentes.

e.    Convoca y dirige reuniones técnico-pedagógicas para planificar el trabajo educativo.

f.     Elabora las Nóminas de Matrícula y las Actas finales de Evaluación, en coordinación directa con los docentes a su cargo.

h.    Representa por delegación al Director en asuntos educativos y de gestión.

i.     Programar y ejecutar acciones para proyectar las metas de aprendizajes de los estudiantes en cada área curricular, grado y ciclo; y coordinar la implementación las estrategias para su consecución.

j.     Dirigir, acompañar y evaluar la planificación, ejecución y evaluación curricular a nivel de la institución educativa a partir de las necesidades y demandas de los estudiantes y en el marco del currículo nacional, regional, la cultura y saberes y características socios ambientales de los diversos contextos pertinentes para el logro de las metas de aprendizaje.

 

DE LOS COMITÉS

Art.21.- El Comité del COAR, Dirimencia y Beca 18 estará conformado:

a. La Directora.

b. Dos profesores representantes del nivel secundario.

 

Art.22º.- El comité de BIOSEGURIDAD, estará conformado:

  1. La directora.
  2. Un profesor representante del nivel primario
  3. Un profesor representante del nivel secundario.

 

Art.23º.- El comité de GESTIÓN DE CONDICIONES OPERATIVAS sus funciones son:

  1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo al sostenimiento del servicio educativo.
  2. Implementar los procesos de recepción, registro, almacenamiento, distribución (cuando corresponda) e inventario de los recursos educativos de la institución educativa, así como aquellos otorgados por entidades externas a la IE, verificando el cumplimiento de los criterios de asignación y gestión según la normativa vigente.
  3. Elaborar, implementar y evaluar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres según la normativa vigente, así como la implementación de simulacros sectoriales programados o inopinados.
  4.  Reportar los incidentes sobre afectación y/o exposición de la IE por peligro inminente, emergencia y/o desastre, así como las necesidades y las acciones ejecutadas a las instancias correspondientes según la normativa vigente.
  5. Realizar el diagnóstico de necesidades de infraestructura del local educativo, incluyendo las de mantenimiento, acondicionamiento, así como aquellas relacionadas al Plan de Gestión de Riesgos de Desastres.
  6. Realizar la programación y ejecución de las acciones de mantenimiento y acondicionamiento priorizadas bajo la modalidad de subvenciones, según la normativa vigente y las necesidades identificadas.
  7. Actualizar la información en los sistemas informáticos referidos a la gestión de condiciones operativas a fin de que, a través de los mismos, se pueda cumplir con las funciones a cargo del Comité, registrar la matrícula oportuna, así como atender los reportes solicitados por las personas y/o entidades que lo requieran.
  8. Formular e incorporar en el Plan Anual de Trabajo, las acciones, presupuesto asociado, personal a cargo y otros aspectos vinculados a la gestión de recursos propios y actividades productivas y empresariales u otros ingresos obtenidos o asignados a la IE, en concordancia con las prioridades definidas en los IIGG.
  9. Rendir cuentas sobre los recursos financieros obtenidos o asignados a la IE, ante el CONEI, la comunidad educativa y/o la UGEL, de forma semestral o según la normativa vigente.
  10. Implementar el proceso de adjudicación de quioscos, cafeterías y comedores escolares, que incluye la elaboración y difusión del cronograma y las bases, la absolución de consultas, la evaluación de las propuestas técnicas y la adjudicación del o los quioscos, cafeterías y comedores escolares, garantizando la transparencia del proceso en conformidad con las bases establecidas.
  11. Supervisar el funcionamiento de los quioscos, cafeterías y comedores escolares, la calidad del servicio ofrecido, la administración financiera del mismo, así como sancionar el incumplimiento de cualquier acuerdo extendido al momento de la adjudicación de acuerdo con las cláusulas del contrato y la gravedad de la falta. Implementar el proceso de racionalización a nivel de la institución educativa para plazas de personal docente, directivo, jerárquico, auxiliar de educación y administrativo, conforme a los procedimientos e indicadores establecidos en la normativa vigente.
  12. Formular la propuesta del cuadro de horas pedagógicas de acuerdo al número de secciones aprobado y a los criterios de la normativa vigente, presentarlo ante la UGEL/DRE e incorporar los ajustes solicitados, de corresponder, hasta su validación.
  13. Implementar las actividades establecidas para el proceso de contratación de personal administrativo y profesionales de la salud en la institución educativa, de acuerdo a su competencia, según la normativa vigente.
  14. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 3

 

Art.24º.- El comité de GESTION PEDAGOGICA, sus funciones son:

  1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo a orientar la gestión de la IE al logro de los aprendizajes previstos en el CNEB.
  2. Propiciar la generación de Comunidades de Aprendizaje para fortalecer las prácticas pedagógicas y de gestión, considerando las necesidades y características de los estudiantes y el contexto donde se brinda el servicio educativo.
  3. Generar espacios de promoción de la lectura, de interaprendizaje (entre pares) y de participación voluntaria en los concursos y actividades escolares promovidos por el Minedu, asegurando la accesibilidad para todas y todos los estudiantes.
  4. Desarrollar los procesos de convalidación, revalidación, prueba de ubicación de estudiantes, reconocimiento de estudios independientes, y supervisar las acciones para la recuperación pedagógica, tomando en cuenta la atención a la diversidad.
  5. Promover el uso pedagógico de los recursos y materiales educativos, monitoreando la realización de las adaptaciones necesarias para garantizar su calidad y pertinencia a los procesos pedagógicos y la atención de la diversidad.
  6. Promover Proyectos Educativos Ambientales Integrados (PEAI) que contengan las acciones orientadas a la mejora del entorno educativo y al logro de aprendizajes, en atención a la diversidad, asegurando su incorporación en los Instrumentos de Gestión.
  7. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 4.

 

Art.25°. - El comité de GESTION DEL BIENESTAR, sus funciones son:

  1. Participar en la elaboración, actualización, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, contribuyendo a una gestión del bienestar escolar que promueva el desarrollo integral de las y los estudiantes.
  2. Elaborar, ejecutar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, las cuales se integran a los Instrumentos de Gestión.
  3. Desarrollar actividades y promover el uso de materiales educativos de orientación a la comunidad educativa relacionados a la promoción del bienestar escolar, de la Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar democrática e intercultural y de un clima escolar positivo e inclusivo, con enfoque de atención a la diversidad.
  4. Contribuir en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de casos de violencia escolar y otras situaciones de vulneración de derechos considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuesto por el Sector, en coordinación con los actores de la comunidad educativa correspondientes.
  5. Promover reuniones de trabajo colegiado y grupos de interaprendizaje para planificar, implementar y evaluar las acciones de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar con las y los tutores, docentes, auxiliares de educación y actores socioeducativos de la IE.
  6. Articular acciones con instituciones públicas y privadas, autoridades comunales y locales, con el fin de consolidar una red de apoyo a la Tutoría y Orientación Educativa y a la promoción de la convivencia escolar, así como a las acciones de prevención y atención de la violencia, y casos críticos que afecten el bienestar de las y los estudiantes.
  7. Promover el ejercicio de la disciplina, ciudadanía y la sana convivencia, basado en un enfoque de derechos y de interculturalidad, garantizando que no se apliquen castigos físicos o humillantes, ni actos discriminatorios.
  8. Conformar brigadas con los integrantes de la comunidad educativa con el fin de implementar acciones que promuevan la atención de las y los estudiantes en aquellas situaciones que afecten su bienestar (peligro inminente, incidentes, emergencias, desastres u otros).
  9. Promover el desarrollo de las prácticas de gestión asociadas al Compromiso de Gestión Escolar 5

 

Art.26º.- El comité de CONEI, sus funciones son:

  1. Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.
  2. Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.
  3. Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la institución educativa.
  4. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino de los recursos.
  5. Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo.
  6. Coordinar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción.

 

Art.27º.- Conformar los siguientes comités:

  1. Comité de comunidad magisterial.
  2. Comité de recursos económicos.
  3. comité de recursos humanos.
  4. Comité de inventariado
  5. Comité de pastoral
  6. Comité de gestión de riesgos y desastres

 

DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN

Art.28º.- Son funciones:

a. Participar en la elaboración de los documentos de planificación, plan de Trabajo y del Comité de Tutoría.

b. Orientar, promover, y apoyar en el proceso de adaptación de los estudiantes.

c. Orientar, dirigir y controlar la disciplina escolar de los estudiantes.

e. Efectuar rondas periódicas en los diferentes ambientes, para velar el cumplimiento de las normas disciplinarias.

f. Difundir constantemente en los estudiantes, el reglamento interno de la institución.

g. Orientar, dirigir y controlar la disciplina escolar, dentro del marco legal.

h. Registrar y Controlar e informar la asistencia de los estudiantes, en caso de retiro, permiso y/o traslados en forma permanente.

i. Permanecer con los estudiantes que se encuentren sin docente impartiendo orientaciones o aplicando fichas dejadas por los Docentes.

j.  Llevar un Registro anecdotario personal de los estudiantes.

k. Seleccionar brigadieres, policías escolares, escolta, estado mayor y brigadier de acuerdo al rendimiento y conducta.

l.  Acompañar a las delegaciones en eventos fuera de la I.E.

 

DE LOS COORDINADORES PEDAGOGICOS

Art.29º.- Son funciones de los Coordinadores Pedagógicos:

  1. Orientar y promover la participación de los actores de la Institución Educativa en la planificación, ejecución y evaluación curricular del (as) área(s) curricular(es), a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.
  2. Programar acciones y establecer las estrategias de acompañamiento a profesores en su desempeño pedagógico para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo.
  3. Coordinar la elaboración del diagnóstico y el análisis estadístico de los logros de aprendizajes de los estudiantes del área curriculares a su cargo.
  4. Analizar de manera colegiada los resultados de aprendizaje periódicos obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de aprendizajes de parte de los docentes.
  5. Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes.
  6. Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes.
  7. Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño.
  8. Promover en los profesores el uso de las estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias entre otras).
  9. Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes.
  10. Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo.
  11. Coordinar con el directivo de la Institución Educativa, la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.
  12. Coordinar, asesorar y participar en la sistematización de los resultados de aprendizaje, en los diferentes procesos de la implementación del currículo.
  13. Monitorear el reporte de avance de las unidades y resultados de aprendizaje de los estudiantes en la plataforma Teacher Management System (TMS) e integrar al AEI en las reuniones colegiadas con los profesores de inglés.
  14. Brindar asistencia técnica en las sesiones de reforzamiento pedagógico para las áreas focalizadas y asesorar en los procesos pedagógicos que promueven competencias.
  15. Promover el uso adecuado y oportuno de espacios y recursos destinados a desarrollar competencias en las áreas curriculares.
  16. Monitorear, Orientar y acompañar el desarrollo de competencias socioemocionales para el desarrollo de competencias de empleabilidad en el área de educación para el trabajo.
  17. Promover reuniones con el coordinador de tutoría para articular actividades pedagógicas y de la atención integral a los estudiantes.
  18. Practicar la comunicación asertiva y empática todos los docentes dentro del marco del respeto.

 

DEL COORDINADOR DE TUTORIA

Art.30º.- Son funciones del Coordinador de Tutoría:

  1. Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador, preventivo e inclusivo y adecuarla periódicamente.
  2. Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría.
  3. Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores.
  4. Sistematizar la experiencia de la implementación de las acciones tutoriales cada bimestre/trimestre para la mejora continua.
  5. Implementar estrategias de articulación de la Institución Educativa con las familias de los estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas.
  6. Coordinar con el equipo directivo, profesores tutores y auxiliares la identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación.
  7. Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la Institución educativa y del aula, para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes.
  8. Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la Institución educativa.
  9. Promueve el diagnostico de las necesidades de orientación de los estudiantes.
  10. Coordinar con los docentes de Educación para el trabajo de actividades relacionadas a la orientación vocacional (visitas, pasantías, talleres y charlas, etc.)
  11. Promover acciones y actividades, para la prevención de la violencia y otras necesidades de la comunidad educativa.
  12. Promover la atención oportuna de casos registrados de la vulneración de derechos del estudiantado en la Institución educativa y derivarlos a las instancias correspondientes, en el marco de la confidencialidad según amerite.

 

DEL COORDINADOR DE INNOVACION Y SOPORTE TECNOLOGICO

Art.31º.- Son funciones del Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico:

  1. Apoyar la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC´s orientando el uso adecuado y eficiente de los recursos educativos tecnológicos con los que cuenta la Institución educativa.
  2. Asesorar a los profesores en el uso y aprovechamiento pedagógico de las TIC en el trabajo educativo.
  3. Promover espacios para la capacitación de los profesores en el uso y aprovechamiento de las herramientas tecnológicas.
  4. Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación.
  5. Reportar el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la Institución educativa.
  6. Coordinar con los coordinadores pedagógicos para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje.
  7. Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital al personal de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje.
  8. Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y convocar a reuniones con profesores en aulas de innovación (si lo hubiera), coordinadores pedagógicos y responsables de aulas funcionales.
  9. Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo para el uso adecuado de programas informáticos que se empleen en ocupaciones con demanda en el mercado laboral local y regional.
  10. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las herramientas pedagógicas y/o aplicaciones, equipos informáticos y de comunicación, protegiendo el equipo y detectando necesidades de reparación.
  11. Realizar soporte a las plataformas tecnológicas y pedagógicas que desarrollé el MINEDU en las distintas áreas curriculares (actualización, despliegue, recopilación, sincronización entre otros).
  12. Realizar soporte a las evaluaciones online y/o ofines que desarrolle el MINEDU en las distintas áreas curriculares y realizar la administración, configuración, despliegue, recojo de resultados y sincronización de los resultados.
  13. Velar por la seguridad informática y uso del equipamiento tecnológico en las aulas funcionales TIC.
  14. Administrar, configurar y brindar soporte a los servidores de la IE.
  15. Otras actividades de TIC que designe el Órgano de Dirección de la Institución Educativa.

 

 

DEL PERSONAL DE PSICOLOGO

Art.34º.- Son funciones del personal de Psicología:

  1. Apoyar la formulación de estrategias para la promoción de la convivencia democrática e intercultural en la Institución educativa.
  2. Acompañar en la gestión al comité de Bienestar en el establecimiento y monitoreo de las acciones de tutoría.
  3. Brindar soporte socioemocional a los directivos, coordinadores y profesores en su ejercicio profesional para lograr una atención oportuna y pertinente a situaciones y casos que afecten la convivencia democrática e intercultural en la Institución educativa y entre los estudiantes en los espacios de recreación y ambientes de aprendizajes.
  4. Coordinar con los profesores y profesores tutores para orientar su accionar en la atención de situaciones de riesgo que puedan afectar a los estudiantes y en los casos de violencia y acoso entre estudiantes.
  5. Promover la elaboración colectiva y la implementación de normas de convivencia para mejorar el ambiente educativo y los valores democráticos en la Institución educativa.
  6. Coordinar con el equipo directivo la organización de actividades educativas con padres y madres de familia y relacionados a los intereses y necesidades de los estudiantes para su formación integral.
  7. Promover acciones de prevenciones de la salud integral (física, psicología, social).
  8. Proponer las condiciones para un mejor desarrollo de las capacidades educativas y también a prevenir las consecuencias que pueden generar la diferencia entre las necesidades educativas de la población y las respuestas que dan los sistemas sociales y educativos (prevención).
  9. Promover y participar en la planificación, organización, desarrollo y evaluación de los procesos de orientación y asesoramiento profesional y vocacional a los estudiantes.
  10. Organizar e implementar las redes y oportunidades en beneficio de la comunidad educativa y los estudiantes.
  11. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo De La Institución Educativa.

 

DEL PERSONAL DE SECRETARIA U OFICINISTA

Art.35º.- Son funciones del Personal de Secretaría u oficinista:

  1. Atender y orientar a la comunidad educativa y público usuario acorde a las necesidades y de información requerida.
  2. Recibir, registrar, organizar y distribuir la documentación de la Institución educativa.
  3. Redactar y digitar documentos variados de uso de los equipos de trabajo pedagógico de la Institución Educativa.
  4. Actualizar el directorio, la agenda institucional y efectuar llamadas telefónicas si es el caso.
  5. Atender e informar al personal de la Institución educativa sobre las gestiones a realizarse y la situación de documentos.
  6. Actualizar la agenda del directivo o director de la Institución Educativa.
  7. Velar por la seguridad y conservación de documentos.
  8. Mantener la información sobre los útiles de oficina y de su distribución.
  9. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.

 

DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO

Art.36º.- Son funciones del Personal de Mantenimiento:

  1. Cuidar el mantenimiento y limpieza del local escolar, ambientes de aprendizaje, oficinas, servicios higiénicos, equipos y materiales educativos.
  2. Informar sobre las condiciones de las instalaciones, mobiliarios y equipos de la Institución educativa.
  3. Realizar permanentemente actividades de limpieza y mantenimiento, cuidando su organización de los materiales y equipos de la Institución educativa a favor del uso pedagógico.
  4. Apoyar al desarrollo de actividades escolares especiales, instalando escenografías, espacios y ambientes adecuados.
  5. Custodiar los materiales de mantenimiento y limpieza a su cargo.
  6. Realizar labores de consejería y seguridad orientado el ingreso y salida de las personas equipos, materiales, y/o vehículos de la Institución.
  7. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.

 

DEL PERSONAL DE VIGILANCIA/GUARDIANIA

Art.37º.- Son funciones del Personal de Vigilancia/guardianía:

  1. Supervisar y registrar los bienes, mobiliarios, materiales y equipos de la Institución educativa.
  2. Cautelar durante la noche la integridad del local escolar.
  3. Controlar y registrar el movimiento de material, herramientas equipos y similares.
  4. Verificar los espacios, ambientes y la presencia de personas dentro del local escolar.
  5. Apoyar al Director con informe de las condiciones e incidentes ocurridos en la Institución educativa.
  6. Permanecer en la Institución educativa según horarios correspondientes.
  7. Registro y control de ingreso y salida de las personas de la institución educativa.
  8. Realizar recorridos dentro de la IE de forma periódica durante la jornada laboral para fortalecer las estrategias de seguridad.
  9. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.

 

CAPÍTULO IV

DE LA COORDINACIÓN DE TUTORÍA

 

TUTORES

Art.38º.- De la elección de tutores:

a) Las tutorías serán asignadas de preferencia a docentes nombrados, en el caso de nivel primario la tutoría será asumida por el docente de aula.

b) La tutoría y asesoría será por cinco años consecutivos, y descansaran por dos años. (Secundaria)

 

Art.39º.- son funciones de los tutores:

a.    Elaborar el Plan de Tutoría del aula, considerando las características, intereses y necesidades de los estudiantes, así como a la problemática identificada en el ámbito local y regional.

b.    Mantener con las y los estudiantes del grado una relación de cercanía basada en el diálogo, el respeto y la comprensión.

c.    Acompañar y orientar a las y los estudiantes en los distintos momentos de su vida en la escuela, aprovechando todas las actividades curriculares y extracurriculares como oportunidades de aprendizaje.

d.    Promover entre las y los estudiantes el diálogo, el debate y la reflexión acerca de temas relevantes o de su interés.

e.    Atender u orientar a las familias en su labor formativa; manteniéndolos informados sobre las potencialidades, logros y dificultades de sus hijas e hijos.

f.     Realizar, con apoyo del psicólogo, el seguimiento a los casos de estudiantes con problemas académicos y/o socio-afectivos de su sección.

g.    Desarrollar su actividad pedagógica en los temas relacionados a la acción tutorial integral.

h.    Compartir información respecto de las y los estudiantes que requieran mayor apoyo o tutoría individual.

i.     Intervenir oportunamente cuando surjan situaciones propias de la convivencia en el aula y solucionarlas, en el marco del reglamento interno y los derechos del niño.

j.     Coordinar actividades de grado.

k.    Apoyar en las actividades extracurriculares.

 

COMITÉ DE TUTORIA

Art.40º.- de la Elección del COMITÉ DE TUTORIA

El comité de tutoría será elegido en reunión por consenso y está conformado por:

  1. Director(a)
  2. Subdirector(a)
  3. Coordinador de TOE y Convivencia Escolar
  4. Responsable de Convivencia
  5. Representante de Docentes
  6. Psicólogo Escolar
  7. Representante de los Auxiliares de Educación
  8. Representante de los y las Estudiantes

 

Art.41º.- son funciones del Comité de tutoría:

a)      Planificar y monitorear el desarrollo de la acción tutorial en la institución educativa.

b)      Evaluar el avance de la acción tutorial desarrollada en el aula, así como velar por el cumplimiento del Reglamento Interno de la institución educativa.

c)      Tomar medidas consensuadas, entre los integrantes responsables

d)      de la ATI, que contribuyan a mejorar las relaciones interpersonales entre la comunidad educativa y a cumplir el Reglamento Interno.

e)      Atender, si el caso amerita, situaciones problemáticas presentadas en la institución educativa que afecten la convivencia y el logro de aprendizajes.

f)       Coordinar acciones con otros estamentos que permitan dinamizar la vida escolar institucional.

g)      Coordinar acciones con otros estamentos que permitan dinamizar la vida escolar institucional.

 

Art.42º.- De la atención a los alumnos

El docente tutor solo será responsable de una sección de tutoría, destinándose dos horas semanales de tutoría grupal dentro del Plan de Estudios y una hora adicional dentro de su jornada laboral para la tutoría individual.

 

Art.43º.- De la tutoría grupal

Son espacios de interacción grupal que se planifican de acuerdo a la identificación de necesidades e intereses que provienen del diagnóstico y análisis previo del grupo de estudiantes en el aula a cargo. El acompañamiento grupal se brinda de acuerdo a lo señalado en el CNEB y a las prioridades definidas en el PCI, dentro de las dos horas semanales señaladas en el horario de clases.  La tutoría grupal es una estrategia con una secuencia flexible que también atiende situaciones no planificadas o emergentes. Requiere de la evaluación formativa, pero se diferencia de las áreas curriculares en que no se encuentra sujeta a calificación y se centra en la retroalimentación y la acción de mejora. Además, se espera que la o el tutor/a pueda identificar los logros y progresos de sus estudiantes durante el año escolar, teniendo en cuenta las metas personales que se proponen.

 

Art.44º.- Tutoría Individual

a)   Las y los estudiantes tendrán una atención tutorial individual de acuerdo a sus necesidades, intereses, dificultades, interrogantes, conflictos personales, sociales y de aprendizaje, asi como por temas de interés que no pueden ser abordados de manera grupal.

b)   Principalmente se realizará por dos motivos: Conocimiento y acompañamiento a las y los estudiantes de la sección

c)   El tutor mediante esta estrategia tiene la posibilidad de valorar las fortalezas y el potencial del estudiante, así como de detectar a través de la entrevista situaciones que ameriten atención y/o derivación.

d)   El tutor será responsable de retirar del salón al alumno con autorización del docente a cargo para su acompañamiento individual, la entrevista será registrada en la ficha.

 

ORIENTACIONES DEL ESTUDIANTE

Art.45º.- La Coordinación de Tutoría orienta al educando a cumplir con los siguientes deberes:

e)  Respeto a los docentes, personal administrativo de la IE y compañeros.

f)   Participar con responsabilidad en las actividades educativas programadas por la IE

g)  Cuidar los ambientes como: mobiliario, enseres y libros en caso de deterioro responsabilizarse.

h)  Cumplir puntualmente con los horarios establecidos para el ingreso 7.55am ambos niveles, salida nivel primario 1:00pm y nivel secundario 3.30pm de la IE

i)    Los días lunes el ingreso es a las 7.45am por realizarse la hora cívica

j)    Se considera tardanza a partir de las 8.00am a 8.15am pasada esa hora será considera como falta

k)  Usar correctamente el uniforme escolar. (Falda y pantalón azul marino, camisa y blusa blanca, chompa y sombrero de la I.E.)

l)    Demostrar buena conducta dentro y fuera de la IE.

m)Cuidar su aseo personal dentro y fuera de la IE.

n)  Mantener el orden y la limpieza dentro y fuera del salón y de la IE.

o)  Los estudiantes varones deben asistir con el corte escolar y sin aditamentos.

p)  Las estudiantes deben asistir con el cabello recogido (Moño) con colet azul marino. No portar (joyas, maquillaje, ganchos de colores etc.)

q)  Los estudiantes de ambos niveles podrán asistir con el buzo de la Institución solo los días que realice Educación Física.

r)   Los estudiantes podrán salir de la IE en horas de clase a solicitud del padre o apoderado con la autorización de la dirección.

s)   Cumplir con sus obligaciones y tareas escolares.

t)    Utilizar la agenda en forma diaria y en caso de pérdida u omisión deberá adquirir nueva agenda.

 

Art.46º.- Se brinda orientación vocacional a los estudiantes que tienen dudas sobre la carrera que quieren seguir o que se plantean cambiar de carrera. Se trabaja con entrevistas individuales, cuyo número varía según las necesidades de cada estudiante. Los objetivos de los procesos de Orientación vocacional son lograr un mayor auto-conocimiento sobre gustos e intereses y contar con más información sobre las ofertas educativas y el contexto socio-laboral

Art.47º.- Mediante tutorías individuales los estudiantes pueden consultar cuando aparecen problemas socioemocionales que afectan el normal avance de los estudios.

 

Art.48º.- Mediante Tutorías grupales se orienta al estudiante en hábitos de estudio, preparación para los exámenes, relación con profesores, planificación de carrera, etc.

 

NORMAS DE CONVIVENCIA

Art.49º.- De las normas de convivencia

a)     Las normas de convivencia de la institución serán elaboradas en consenso con alumnos, docentes y personal administrativo.

b)     Los tutores elaboraran sus normas de convivencia tomando en consideración los acuerdos previos y tomándolos como base para consolidar estas normas.

c)     Organizar con todos los actores de la ATI la evaluación respectiva acerca del cumplimiento de estas normar y resultados favorables.

 

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